S.O.S. SAN NICOLAS

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sábado, 27 de febrero de 2010

ESTACIONAMIENTOS EN CURVA

Señor Sargento de Muncipales, encargado de la señalización viaria.

!No se puede estacionar en curva¡.
No marque más estacionamientos en curva y aplique la ley.
Mire lo que dice la misma:
Extracto de la Ley de Tránsito (que Usted debe conocer):

Artículo 160.- Se prohíbe además estacionar:
1.- A menos de 5 metros de los grifos para incendio y de diez metros de la entrada de un cuartel de bombas o postas de primeros auxilios y hospitales;
2.- A menos de veinte metros de un cruce ferroviario a nivel;
3.- A menos de diez metros de una esquina.
4.- A menos de veinte metros de las señales verticales que indiquen la existencia de una parada devehículos de locomoción colectiva. Las Municipalidades podrán aumentar dicha distancia.
Ésto lo dábamos para sacar el carnet de conducir.

1 comentario:

Unknown dijo...

De donde ha sacado esta ley de transito? esto es España y no Chile.
El prohibir estacionar a menos de cinco metros de una esquina ya no viene reflejado en ninguna normativa.